Norma IMO 2020

Apenas quedan un par de meses para que entre en vigor la norma IMO 2020, dependiente de la OMI (Organización Marítima Internacional), por la cual las navieras deberán adaptar sus buques antes del próximo 1 de enero de 2020, para poder cumplir con dicha normativa.

¿Qué es la norma IMO 2020?

La IMO 2020 es la actualización de la regulación aprobada por la OMI, que obliga a los barcos y buques a utilizar combustibles que no pueden superar el 0,5% de azufre masa/masa (frente al actual 3.5%). Esto repercutirá positivamente en la reducción de emisiones de óxido de azufre (SO3), un elemento que contribuye a la contaminación del medio ambiente, así como al erosionamiento de la capa de ozono.

¿Cómo cumplir con la norma IMO 2020?

Los consignatarios y fletadores están tanteando tres posibles recursos para adaptarse a esta nueva normativa:

  • La más evidente: un combustible con un contenido máximo de azufre del 0.5% masa/masa, pero también la más costosa.

  • Filtrando y limpiando: continuar empleando gasolinas con una mayor concentración de azufre, de la permitida por la nueva norma, pero utilizando a la vez métodos de limpieza de los gases de escape, que permitan filtrarlos y limpiarlos antes de ser expulsados a la atmósfera. Puede ser más costosa en inicio, pero rentable a largo plazo.

  • Otros tipos de combustibles con bajo o nulo contenido en azufre, como puede ser el gas natural licuado (GNL), o los biocombustibles. En este caso, aún se trata de una industria en crecimiento por lo que la oferta y la demanda podría encarecer el coste de dichos combustibles alternativos.

¿Qué recargo aplicarán los armadores debido a la IMO 2020?

La inversión que realicen las consignatarias, bien en combustible, bien en nuevas infraestructuras, para adaptar sus barcos y buques, es probable que pueda terminar reflejándose en los precios de alquiler y/o carga de las naves. Los términos más habituales para estos recargos son:

  • BAF (Bunker Adjustment Factor; Factor de ajuste del búnker).

  • EBS (Emergency Bunker Surcharge; Recargo de emergencia del búnker).

  • BUC (Bunker Contribution; Contribución del búnker).

  • BRC (Bunker Recovery Cost; Costo de recuperación del búnker).

El BAF se utiliza de manera habitual para ajustar las fluctuaciones del precio de los combustibles, mientras que EBSBUC y BRC hacen referencia a los gastos extraordinarios relacionados con dichas gasolinas.

Más información: [Oficial] Preguntas más frecuentes de la OMI 2020.

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